Quizás la recomendación más habitual desde el punto de vista legal (NO FINANCIERO O COMERCIAL) que te han dado cuando preguntas ¿cómo puedo respaldar mis operaciones a plazo-crédito? estoy casi seguro sin temor a equivocarme que las respuestas más comunes son: “pagaré”, “contrato”, y los más aventureros piden hasta “garantías”
Sin embargo, hoy en día en México sabemos lo difícil que es implementar estos documentos, ya que muy pocos clientes están dispuestos a firmarlos.
Ante este escenario, pareciera un poco oscuro el futuro y el contar con certeza para tener una cartera sana, documentada, y sobre todo tengamos seguridad que, en caso de incumplimiento tendremos los elementos para iniciar una cobranza extrajudicial o judicial; pero tranquilo no toda está perdido………
Ahora, donde nuestra empresa de cobranza recomienda seamos muy cuidadosos al otorgar créditos, es con aquellos clientes nuevos que son empresas micro, pequeñas, medianas, o incluso algunas grandes pero que percibimos no son institucionales, es decir que no tienen procesos definidos, aquí hay que hacer un alto total y pensarlo muy bien antes de comenzar una relación comercial, ya que en nuestra experiencia aquí se concentran los mayores problemas de cobranza.
Vámonos a otro escenario completamente diferente, ya que algunas veces tenemos como clientes o prospectos a empresas muy grandes, internacionales, triple AAA etc. que no están dispuestas a entregar nada de documentación, al contrario ellos nos hacen firmar hasta fianzas para darnos la oportunidad de trabajarles; nuestra recomendación ante este tipo de escenarios, es NO TE DETENGAS, sigue adelante con las condiciones que impongan, ya que este tipo de empresas institucionales no dan problemas de cobranza, en su mayoría son muy confiables .
Por último, aquí un listado de 5 documentos básicos, desde el punto de vista legal (NO FINANCIERO O COMERCIAL) que recomendamos solicitar, para estar preparados en caso de incumplimiento y tengamos certeza que podemos avanzar con un tema de cobranza extrajudicial o judicial, los cuales son:
- Si es posible que te firmen un pagaré, contrato etc. adelante, no lo pienses por favor.
- Copia de Identificación Oficial del Cliente (Representante Legal)
- Copia de Acta Constitutiva (no aplica para personas físicas)
- Cédula Fiscal
- Opinión de Cumplimiento ante SAT